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13 agosto 2011

Pronunciamiento sobre el caso de los jesuitas

Pronunciamiento de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos ante el procesamiento en la Audiencia Nacional del Reino de España de ex militares de la FAES acusados en la muerte de los sacerdotes jesuitas y sus dos colaboradoras


En los últimos días, se han venido desarrollando una serie de acontecimientos relacionados con la tramitación del proceso judicial incoado en el Juzgado Central de Instrucción Número 6 de la Audiencia Nacional de España, en contra de un grupo de ex militares de las Fuerzas Armadas de El Salvador acusados en los asesinatos de Ignacio Ellacuría, S.J.; Ignacio Martín Baró, S.J.; Joaquín López y López, S.J.; Amando López, S.J.; Segundo Montes, S.J.; Juan Ramón Moreno, S.J.; Elba Julia Ramos y Celina Mariceth Ramos, ocurridos en noviembre de 1989.


La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH), ha seguido con suma atención el diligenciamiento de este caso dado que, sin duda alguna, constituye una prueba del verdadero avance de la institucionalidad y del proceso social de construcción de la democracia en nuestro país. La PDDH tal como lo ha consignado en distintos foros, nacionales e internacionales, estima que este execrable hecho así como la larga lista de masacres aún pendientes de justicia, por ejemplo, la “Masacre de El Mozote” de la cual se conmemorarán 30 años el próximo mes de diciembre, pertenecen a la categoría que el Derecho Internacional de los Derechos Humanos designa como crímenes de lesa humanidad (iuris gentium) y guardan el efecto de ser procesalmente imprescriptibles.


Con respecto a este tipo de crímenes vale decir no operan ni prescripciones ni la aplicación de medidas de amnistía. Mucho menos con las características de la Ley de Amnistía General para la Consolidación de la Paz aprobada por la Asamblea Legislativa el 20 de marzo de 1993, a pocos días de haber sido hecho público el Informe de la Comisión de la Verdad (15 de marzo de1993), se orientaba más a ser un instrumento de favorecimiento de la impunidad, que un medio de reconciliación y de reencuentro de la sociedad salvadoreña.


Como institución nacional de derechos humanos hemos planteado una postura frente a esa norma en el sentido que la misma debe ser anulada no solamente porque es contraria a las obligaciones jurídicas de carácter internacional en materia de derechos humanos, emanadas tanto del sistema de protección universal como del sistema interamericano de derechos humanos sino, porque, constituye un imperativo ético. Es oportuno traer a cuenta que, sobre ese particular, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), organismo que forma parte del referido sistema hemisférico de protección, al cual El Salvador está sometido, se pronunció, en los siguientes términos:


La CIDH ha señalado reiteradamente que la aplicación de leyes de amnistía que impiden el acceso a la justicia en casos de violaciones serias de los derechos humanos, hace ineficaz la obligación de los Estados partes de respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y de garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona sujeta a su jurisdicción sin discriminación de ninguna clase, según establece el artículo 1(1) de la Convención Americana. En efecto, dichas leyes eliminan la medida más efectiva para la vigencia de los derechos humanos, vale decir, el enjuiciamiento y castigo a los responsables”.


La PDDH, en el anterior orden de ideas, expone su postura institucional en cuanto a que, por un lado, el procesamiento judicial a los ex militares involucrados en la muerte extrajudicial de los sacerdotes jesuitas y sus colaboradoras, debe verse como una oportunidad excepcional para que se imparta justicia a las víctimas y sus familiares; asimismo, debe verse como un desafío para que las instituciones públicas de nuestro país respondan al mandato constitucional y legal para el que han sido creadas.


Vale recordar que esta Procuraduría se pronunció sobre el caso, declarando que:


“Da por establecido el incumplimiento del Estado salvadoreño a las recomendaciones de la Comisión de la Verdad, en lo referente al asesinato de los Sacerdotes Jesuitas Ignacio Ellacuría, Ignacio Martín Baró, Segundo Montes Mozo, Joaquín López y López, Amando López, Juan Ramón Moreno, así como de la señora Julia Elba Ramos y su hija Celina Mariceth Ramos, por el hecho violatorio de no investigar, procesar y sancionar, seria y efectivamente, a los autores materiales e intelectuales del crimen, así como a los funcionarios que participaron de los delitos de encubrimiento y fraude procesal señalados en el citado informe de la Comisión de la Verdad.


El incumplimiento de las obligaciones antes dichas, acarrea por sí mismo, una imposibilidad de que los familiares de las víctimas puedan acceder a una reparación adecuada, que es otra recomendación expresa de la Comisión de la Verdad. Por tanto, da por establecida, también, la violación a este derecho fundamental.”


Por ello, como defensoría del pueblo vemos en el encausamiento a los responsables de la muerte de los padres jesuitas y sus empleadas, una ocasión invaluable para que el Estado salvadoreño pague la deuda histórica que ha acumulado frente a las víctimas en materias de derecho a la verdad, a la justicia y a la reparación integral hacia ellas, y sus familiares. La verdad, creemos, se encuentra íntimamente ligada con el deber jurídico del Estado salvadoreño de investigar o esclarecer aquellos hechos que configuren violaciones a delitos, a derechos humanos y abusos de poder, todo ello como parte del deber de garantía.


En consecuencia ante el auto dictado por el Juzgado Central de Instrucción Numero 6 de la Audiencia Nacional de España, como Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos hacemos las siguientes consideraciones y recomendaciones:


- El proceso penal mediante el cual se procede acordar prisión, búsqueda y captura internacional de los procesados, fue iniciado sobre la base de leyes propias de su país, lo cual significa que debe respetarse su autonomía e independencia;


- Que debe garantizarse los derechos de las víctimas, que buscan establecer la verdad, justicia y reparación de estos graves hechos.


- Las ordenes de detención, búsqueda y captura internacional, con entrega de las personas a los servicios de INTERPOL, con el fin de solicitar su Extradición, deben ser ejecutadas conforme al procedimiento establecido en la Constitución de la República de El Salvador articulo 28 y 182 numeral 2º; conforme al Tratado de Extradición celebrado entre la República de El Salvador y el Reino de España y leyes secundarias;


- Que ante la trascendencia de este caso es necesario dejar que funcione la institucionalidad en nuestro país a fin de que se garantice un proceso justo, imparcial e independiente en contra de los procesados, quienes igual que las victimas, les asisten sus derechos y garantías procesales.


Finalmente, con este caso, tal como lo han sostenido los representantes de la Iglesia Católica de nuestro país, todos debemos abonar a erigir un orden social fundado en ese derecho y valor fundamental que resulta ser la verdad, la que, recordando palabras del defensor de derechos humanos el insigne Monseñor Oscar Arnulfo Romero, no debe estar esclavizada bajo los intereses de la riqueza y el poder.


San Salvador, 11 de agosto de 2011.

Licenciado Oscar Humberto Luna

Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos

2 comentarios:

  1. Anónimo3:15 a. m.

    Desde el primer defensr de los Derechos Humanos salvadoreños, un doctor apellidado Fonseca, pasando por un espurio abogaduelo ¿peñate polanco?; siguiendo con Doña Beatrice Alemani, hasta llegar al actual Procurador Óscar Luna, la tal Procuradoría no tiene ni quijadas mucho menos colmillos ni molares... Fue creada por Acuerdos de Chapultepec, y sigue siendo criada en El Salvador sólo para imitar a naciones del primer mundo democrático como Suecia (nunca eeuuaa); sin embargo, a muy corto plazo, 05 años o menos, al reformarse la actual constitución al respecto, nuestra Procuradoría para Defensa de los Derechos Humanos, PDDH, hará temblar de pavor a todos los cobardes asesinos, quienes fueron anti-héroes nacionales al asesinar a seis ancianos intelectuales y a dos mujeres: todos, empijamados, enchancletados y todos sin armas ni corto-contundentes.

    Sí, apreciamos en cuanto vale la valiente posición del licenciado Óscar Luna; así como a las de sus antecesores, ---exceptuando al impuesto por un tal rodolfo parker, apellidado ¿peñate polanco?---; pero, de nada servirá, "por ahora", porque la impunidad arenarca iniciada con cristiani, se está prolongando con el actual presidentillo guanaco. "Por ahora": tal cual dijera Hugo Rafael Chávez Frías aquel 04 de febrero en 1994 al fracasar el intento de golpe de Estado contra el neoliberal carlos andrés pérez.
    Chichipate Cañaverales.-

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  2. Anónimo5:34 p. m.

    Parece que el tal Funes, según rumores, se reunió con esos ex-militares, y quien sabe que resultó de esa reunión. Lo cierto es que como siempre, existe escepticismo acerca de que la extradicción ocurra. Es casi imposible en este pais, las estructuras mentales corrosivas en la sociedad entera impiden hacer justicia. Fijense que digo toda la sociedad.

    ¿Donde están los indignados haciendo campaña porque se juzguen a esos criminales?

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